Trabajar por cuenta propia puede ser una de las vías más interesantes para un cubano que quiere generar ingresos en España sin depender exclusivamente de un contrato con una empresa. Electricistas, programadores, diseñadores, repartidores, entrenadores, fotógrafos, técnicos, peluqueros, creadores de contenido, consultores y muchos otros profesionales pueden desarrollar legalmente una actividad como autónomos, pero antes de empezar a facturar hay que entender dos sistemas diferentes: Hacienda y la Seguridad Social.
El alta tampoco consiste simplemente en pagar una mensualidad. En 2026 la cotización de los autónomos españoles continúa vinculada a sus rendimientos netos, por lo que una persona que gane 700 euros mensuales no necesariamente cotizará igual que otra que genere 3.000. Además, para un ciudadano cubano existe una cuestión previa fundamental: su autorización migratoria debe permitirle trabajar por cuenta propia.
¿PUEDE UN CUBANO HACERSE AUTÓNOMO EN ESPAÑA?
Sí, pero ser residente en España no significa automáticamente que cualquier autorización permita desarrollar una actividad por cuenta propia. Antes de darse de alta hay que comprobar qué derecho a trabajar incorpora la residencia o autorización concreta del interesado.
España dispone, entre otras vías, de una autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta propia destinada a extranjeros no residentes que quieren desarrollar una actividad económica en el país. El procedimiento exige cumplir requisitos migratorios y profesionales y demostrar que el proyecto reúne las condiciones necesarias para ponerse en marcha.
Para un cubano que ya vive legalmente en España, la situación dependerá de la autorización que tenga. Por eso, antes de alquilar un local, comprar equipos o registrarse como autónomo, conviene comprobar expresamente que esa situación migratoria permite ejercer una actividad económica por cuenta propia.
¿QUÉ SIGNIFICA REALMENTE SER AUTÓNOMO?
Un trabajador autónomo es una persona que desarrolla de forma habitual una actividad económica o profesional por cuenta propia y asume directamente los ingresos, gastos y obligaciones derivados del negocio. No hace falta necesariamente abrir una sociedad limitada para comenzar.
Eso permite, por ejemplo, ofrecer servicios de informática, trabajar como diseñador, realizar reparaciones, tener un pequeño comercio, ofrecer servicios profesionales o desarrollar una actividad digital. Sin embargo, desde el momento en que comienza realmente la actividad aparecen obligaciones con Hacienda y, cuando corresponda, con el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.
PRIMER PASO: DARSE DE ALTA EN HACIENDA
Antes de iniciar la actividad, el trabajador debe comunicarla a la Agencia Tributaria mediante el modelo 036. Hacienda señala expresamente que el alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores debe presentarse antes de comenzar a realizar las operaciones propias del negocio.
Existe aquí un cambio que todavía genera bastante confusión: el modelo 037 ya no existe. Fue eliminado con efectos del 3 de febrero de 2025, por lo que en 2026 el procedimiento censal se concentra en el modelo 036 y en las herramientas electrónicas habilitadas por la Agencia Tributaria.
¿QUÉ SE DECLARA EN EL MODELO 036?
En el 036 se comunica qué actividad económica se desarrollará, cuándo comienza, qué obligaciones fiscales tendrá el profesional y qué régimen de IVA o IRPF resulta aplicable. También se utilizan los epígrafes correspondientes a la actividad económica.
Este paso es importante porque no todos los autónomos tributan exactamente igual. Un diseñador gráfico, una tienda, un profesional sanitario o una persona dedicada a determinadas actividades comerciales pueden tener obligaciones diferentes, especialmente en materia de IVA y retenciones.
SEGUNDO PASO: ALTA EN LA SEGURIDAD SOCIAL
El alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos puede tramitarse actualmente mediante Importass, el portal y aplicación de la Tesorería General de la Seguridad Social. La propia Seguridad Social publicó en junio de 2026 una guía actualizada que explica que el proceso puede completarse desde el teléfono móvil.
Durante el alta habrá que comunicar, entre otros datos, la actividad, fecha de inicio y una previsión de los rendimientos netos. Esa estimación servirá para determinar el tramo de cotización provisional correspondiente.
¿CUÁNTO PAGA UN AUTÓNOMO EN ESPAÑA EN 2026?
Aquí está una de las preguntas que más interesa. No existe una única cuota mensual para todos los autónomos. En 2026 continúa funcionando un sistema de tramos según los rendimientos netos mensuales.
La tabla oficial comienza con quienes obtienen rendimientos iguales o inferiores a 670 euros mensuales, cuya base de cotización puede situarse entre 653,59 y 718,94 euros. A partir de ahí existen tramos progresivos hasta superar los 6.000 euros mensuales de rendimientos, en cuyo caso la base mínima establecida para ese tramo alcanza 1.928,10 euros.
Sobre la base elegida dentro del tramo correspondiente se aplican en 2026 diferentes tipos: 28,30% por contingencias comunes, 1,30% por contingencias profesionales, 0,90% por cese de actividad, 0,10% por formación profesional y 0,90% correspondiente al mecanismo de equidad intergeneracional.
NO CONFUNDAS INGRESOS CON RENDIMIENTOS NETOS
Si facturas 2.000 euros al mes, eso no significa necesariamente que tus rendimientos netos sean 2.000 euros. Para calcularlos se tienen en cuenta los ingresos y determinados gastos deducibles relacionados con la actividad conforme a las reglas fiscales aplicables.
Por ejemplo, un profesional puede tener gastos de herramientas, software, alquiler de oficina, gestoría, equipos o determinados suministros vinculados al negocio. La cifra que finalmente sirve para la cotización se ajusta posteriormente utilizando la información fiscal comunicada por Hacienda.
LA CUOTA PUEDE REGULARIZARSE DESPUÉS
Al comenzar el año o la actividad, el autónomo comunica una previsión de ingresos. Pero nadie tiene una bola de cristal empresarial incluida con el NIE, así que esa estimación puede resultar incorrecta.
La Seguridad Social permite en 2026 cambiar la base de cotización hasta seis veces al año, aproximadamente cada dos meses, cuando se prevea que los rendimientos van a variar. Posteriormente se realiza una regularización en función de los rendimientos definitivos comunicados por Hacienda.
Si finalmente ganaste más de lo previsto, puede corresponder pagar una diferencia. Si cotizaste por encima de lo que correspondía, la regularización puede producir una devolución según las reglas aplicables.
¿SIGUE EXISTIENDO LA TARIFA PLANA?
Sí existe legalmente una cuota reducida para nuevas altas, pero hay que tener cuidado con repetir automáticamente la cifra de 80 euros que aparece en miles de artículos antiguos. Esa cuantía estuvo expresamente fijada para el período 2023-2025; la legislación establece que a partir de 2026 el importe debe determinarse para cada ejercicio presupuestario.
La Seguridad Social mantiene en 2026 el mecanismo de cuota reducida para quienes se dan de alta inicialmente o no hayan estado de alta en los períodos anteriores establecidos. Para conocer la cuantía exacta aplicable en el momento del alta conviene comprobar Importass o la normativa presupuestaria vigente y no asumir que cualquier artículo antiguo que diga “80 euros” sigue actualizado.
¿DURANTE CUÁNTO TIEMPO PUEDE EXISTIR UNA CUOTA REDUCIDA?
La norma establece con carácter general un primer período de doce meses naturales completos para las nuevas altas que cumplan los requisitos. También contempla la posibilidad de prolongar la reducción otros doce meses cuando los rendimientos económicos netos previstos sean inferiores al salario mínimo interprofesional anual correspondiente.
La reducción debe solicitarse conforme al procedimiento establecido y no debe darse por supuesta. Una persona que ya hubiera sido autónoma anteriormente también debe comprobar los períodos mínimos exigidos para volver a beneficiarse de ella.
¿QUÉ IMPUESTOS PAGA UN AUTÓNOMO?
Los dos grandes nombres que aparecerán repetidamente son IRPF e IVA, aunque no todas las actividades funcionan exactamente igual. El IRPF grava la renta obtenida por la persona y, dependiendo de la actividad, puede existir obligación de realizar pagos fraccionados durante el año.
La Agencia Tributaria utiliza, entre otros, el modelo 130 para los pagos fraccionados del IRPF de empresarios y profesionales en estimación directa. Hay excepciones, por ejemplo para determinados profesionales cuando al menos el 70% de los ingresos de la actividad están sometidos a retención.
¿Y EL IVA?
Muchas actividades deben añadir IVA a sus facturas y después liquidarlo ante Hacienda. El mecanismo básico consiste en declarar el IVA cobrado a los clientes y restar, cuando legalmente corresponda, el IVA soportado en gastos relacionados con la actividad.
Sin embargo, existen actividades exentas y regímenes especiales, por lo que no sería correcto decir que absolutamente todo autónomo debe cobrar el mismo IVA. El propio modelo 036 sirve para comunicar qué régimen de IVA corresponde a la actividad.
¿NECESITAS UN GESTOR?
Legalmente puedes realizar muchos de los trámites por tu cuenta mediante las sedes electrónicas de Hacienda y Seguridad Social. La existencia de Importass, Censos WEB y otras herramientas digitales ha simplificado bastante los procedimientos.
Otra cosa es si compensa hacerlo solo. Cuando aparecen facturas, gastos deducibles, IVA, retenciones, modelos trimestrales y declaraciones anuales, un error puede costar más que la mensualidad de una gestoría. Para quien empieza y desconoce el sistema fiscal español, pagar asesoramiento profesional puede tener bastante sentido.
¿CUÁNTO CUESTA REALMENTE SER AUTÓNOMO?
El coste no se limita a la Seguridad Social. Dependiendo del negocio, puede incluir cuota de autónomo, gestoría, seguros profesionales, alquiler, teléfono, internet, software, herramientas, transporte y tributación sobre los beneficios, además del IVA cuando proceda.
Por esa razón, antes de darse de alta es recomendable elaborar un presupuesto realista. Si una actividad factura 1.500 euros al mes pero necesita 600 euros en gastos para funcionar, la situación económica es muy diferente de otra actividad digital que factura lo mismo con gastos de apenas 100 euros.
EJEMPLO SENCILLO PARA UN CUBANO QUE TRABAJA ONLINE
Imaginemos que un cubano residente en España comienza a ofrecer servicios de diseño web desde casa. Primero debe verificar que su autorización le permite trabajar por cuenta propia, comunicar el inicio de actividad a Hacienda mediante el modelo 036 y tramitar su alta en la Seguridad Social mediante Importass.
A partir de ahí debe emitir correctamente sus facturas, conservar los justificantes de gastos relacionados con la actividad, presentar las declaraciones fiscales que correspondan y mantener actualizada su previsión de rendimientos para evitar una regularización inesperada de cuotas.
¿PUEDES SER AUTÓNOMO Y EMPLEADO AL MISMO TIEMPO?
Sí. Es posible trabajar para una empresa por cuenta ajena y mantener simultáneamente una actividad como autónomo. Esta situación recibe el nombre de pluriactividad.
La normativa de 2026 contempla incluso mecanismos de devolución cuando las cotizaciones por contingencias comunes realizadas entre ambos regímenes superan determinados límites. Para 2026, el umbral utilizado para ese reintegro es de 17.323,68 euros, sujeto a las condiciones y topes correspondientes.
¿PUEDE UN AUTÓNOMO CONTRATAR TRABAJADORES?
Sí. Ser autónomo no significa obligatoriamente trabajar completamente solo. Una persona puede desarrollar su negocio por cuenta propia y, cuando lo necesite, contratar empleados cumpliendo las obligaciones laborales, salariales y de Seguridad Social correspondientes.
En ese momento el negocio adquiere responsabilidades adicionales como empleador, por lo que resulta especialmente importante disponer de asesoramiento laboral correcto.
CUIDADO CON EL FALSO AUTÓNOMO
Una situación completamente diferente ocurre cuando una empresa obliga a una persona a darse de alta como autónomo pero en realidad trabaja como un empleado: tiene jefe, horario impuesto, dependencia económica y organización dictada por la empresa.
Que alguien emita facturas no convierte automáticamente una relación laboral en actividad independiente. Si existe verdadera dependencia y ajenidad, pueden surgir problemas relacionados con la figura del denominado falso autónomo.
EL ERROR MÁS CARO: DARTE DE ALTA SIN REVISAR TU RESIDENCIA
Para nuestra audiencia cubana este punto merece especial atención. Antes de iniciar Hacienda y Seguridad Social debe comprobarse que la autorización migratoria permite desarrollar la actividad por cuenta propia.
España contempla procedimientos específicos para extranjeros que quieren obtener autorización de residencia y trabajo como autónomos, y el Ministerio de Inclusión recuerda que esas solicitudes pueden requerir demostrar cualificación profesional, viabilidad del proyecto, inversión suficiente y cumplimiento de los requisitos legales necesarios para abrir el negocio.
EL ORDEN CORRECTO PARA EMPEZAR
La secuencia lógica es comprobar primero la autorización para trabajar, definir qué actividad vas a desarrollar y calcular si resulta económicamente viable. Después hay que comunicar el alta fiscal mediante el modelo 036 y completar el alta correspondiente en Seguridad Social.
A partir de ahí comienza la verdadera responsabilidad del autónomo: facturar correctamente, registrar ingresos y gastos, guardar documentos, presentar declaraciones y actualizar la previsión de rendimientos cuando cambie sustancialmente el negocio.
QUÉ ESTÁ CONFIRMADO
En 2026 los trabajadores autónomos continúan cotizando en España mediante un sistema relacionado con sus rendimientos netos, con una tabla reducida y una tabla general de bases. El tramo inferior comprende rendimientos de hasta 670 euros mensuales y la tabla general termina con un tramo superior a 6.000 euros.
También está confirmado que el modelo 037 fue eliminado en febrero de 2025 y que las altas censales se tramitan actualmente utilizando el modelo 036. La Seguridad Social permite además realizar el alta como autónomo mediante Importass y modificar la base hasta seis veces durante 2026 cuando cambien las previsiones de rendimientos.
LO QUE DEPENDE DE CADA CUBANO
No existe una única cuota ni una misma obligación fiscal para todos. El coste final depende de cuánto genere la actividad, los gastos deducibles, el tramo de cotización, posibles reducciones y la naturaleza del negocio.
La situación migratoria también debe analizarse individualmente. Un cubano con una autorización que ya permite trabajar por cuenta propia no está en la misma posición que alguien que necesita solicitar o modificar previamente su autorización.
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