DENUNCIAN OFERTA DE EMPLEO EN TIENDA PRIVADA EN CENTRO HABANA QUE EXIGE “PIEL BLANCA”, MENOS DE 40 AÑOS Y NO TENER HIJOS PEQUEÑOS
Una oferta de empleo atribuida a la tienda de artículos para el hogar Anabella’s, ubicada en Centro Habana, desató una denuncia pública después de incluir entre sus requisitos que la candidata tenga “buena presencia personal de piel blanca”, no supere los 40 años y no tenga hijos pequeños ni familiares enfermos bajo su cuidado. La convocatoria, difundida mediante una captura en redes sociales, anuncia una plaza de cajera-vendedora y enumera condiciones que plantean serias interrogantes sobre discriminación racial, por edad y situación familiar.
La denuncia fue publicada en Facebook por Ángela María Calli Vicente, quien anunció que pretende presentar una reclamación formal ante las instituciones correspondientes. En su mensaje calificó la convocatoria como discriminatoria y cuestionó especialmente que el color de la piel aparezca expresamente como criterio para acceder al puesto. Texto pegado
QUÉ DICE LA OFERTA DE EMPLEO DE ANABELLA’S
La imagen compartida identifica la convocatoria como “Oferta de empleo – Tienda de útiles del hogar Anabella’s” y sitúa el establecimiento en Centro Habana. La plaza anunciada corresponde a cajera/vendedora, con requisitos relacionados tanto con experiencia profesional como con circunstancias personales de las aspirantes.
Entre las condiciones visibles aparecen tener experiencia en ventas de tiendas —especificando que no sea en gastronomía—, poseer nivel superior y “alto nivel cultural”, disponer de habilidades de marketing y residir en Centro Habana, Plaza, Habana Vieja o Cerro. Hasta ahí se trata de exigencias que, dependiendo del puesto, podrían responder a criterios de experiencia, formación o ubicación.
El problema surge en otros puntos de la misma convocatoria. El anuncio señala literalmente “no tener niños pequeño o enfermizo”, fija una edad máxima de 40 años y exige “buena presencia personal de piel blanca y trato amable”.
Esa última condición convierte el color de la piel en un criterio explícito de selección laboral. La referencia a los hijos y el límite de edad también introducen filtros personales que no aparecen relacionados en el anuncio con las competencias necesarias para vender artículos del hogar.
“HARÉ LA DENUNCIA FORMAL”
Calli Vicente reaccionó con dureza ante la convocatoria y pidió a mujeres negras, mulatas, madres y mayores de 40 años que prestaran atención al contenido del anuncio. También anunció que llevaría el caso ante diferentes organismos cubanos y sostuvo que no piensa detener la reclamación hasta obtener una respuesta. Texto pegado
La denunciante insistió en que las mujeres negras son profesionales y ciudadanas con los mismos derechos, y rechazó que el color de la piel determine la posibilidad de trabajar en un establecimiento comercial. Su publicación concluye con un llamado contra el racismo y cualquier otra forma de discriminación. Texto pegado
EXIGIR “PIEL BLANCA” CHOCA CON LA CONSTITUCIÓN CUBANA
La polémica no depende únicamente de una valoración social sobre si la convocatoria resulta ofensiva. El Artículo 42 de la Constitución cubana establece que todas las personas deben recibir iguales derechos, oportunidades y protección sin discriminación por razones como sexo, género, edad, origen étnico o color de la piel, y señala que las distinciones lesivas a la dignidad humana están prohibidas. Wikisource
Además, el nuevo Código de Trabajo cubano, Ley 189 de 2026, recoge expresamente el principio de igualdad y no discriminación en el empleo por razones de edad, origen étnico, color de la piel y otras circunstancias personales. La norma considera además una manifestación de discriminación establecer requisitos discriminatorios en las convocatorias para cargos vacantes. CiberCuba
La legislación que regula las mipymes y otras formas de gestión no estatal también contempla como infracción permitir actitudes discriminatorias por color de la piel, sexo, género, edad, origen étnico y otras condiciones personales. Por tanto, si se comprueba que el anuncio pertenece realmente al establecimiento identificado y que esos criterios fueron establecidos por su administración, podría existir una cuestión que trascienda la polémica en Facebook y entre en el terreno administrativo o laboral. Directorio Cubano Servicios
EL FILTRO CONTRA MADRES Y MUJERES MAYORES DE 40 AÑOS
El requisito de no tener niños pequeños también genera cuestionamientos porque la maternidad no determina por sí misma la capacidad profesional de una persona. Una empresa puede establecer horarios, disponibilidad o funciones concretas para un puesto, pero excluir de forma general a mujeres por tener hijos introduce un criterio basado en su situación familiar y no directamente en su capacidad para desempeñar el trabajo.
Algo similar ocurre con el límite de 40 años. El actual Código de Trabajo incluye expresamente la edad entre las categorías frente a las cuales debe garantizarse igualdad de oportunidades laborales, por lo que un requisito etario necesita una justificación objetiva vinculada con la naturaleza del empleo para no convertirse en una exclusión arbitraria. CiberCuba
En una plaza de cajera-vendedora de artículos para el hogar, la propia convocatoria no explica por qué una persona de 41 años quedaría automáticamente descartada o por qué ser madre de un niño pequeño impediría realizar las funciones del cargo.
DE LA RED SOCIAL A UNA POSIBLE DENUNCIA FORMAL
Hasta ahora, lo que CubaBajoLupa tiene a disposición es la captura de la convocatoria y la denuncia pública de Calli Vicente. No se ha localizado una respuesta pública de la tienda Anabella’s que explique si el anuncio fue redactado por su administración, por un intermediario o si posteriormente fue retirado o modificado.
Tampoco hay información disponible sobre si la denuncia anunciada por Calli Vicente ya fue presentada formalmente o si algún organismo cubano abrió una investigación. Ese paso será fundamental para determinar responsabilidades y establecer si la convocatoria tuvo realmente efectos en un proceso de contratación.
El contenido visible, no obstante, plantea una contradicción difícil de ignorar: mientras la legislación cubana proclama la igualdad laboral sin distinción por color de piel o edad, una oferta atribuida a un negocio de La Habana incluye la expresión “piel blanca” dentro de los requisitos para acceder a un puesto de trabajo.
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