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Cuba Bajo Lupa

CUBANOS CON RESIDENCIA EN ESPAÑA, MÉXICO O CANADÁ: DÓNDE DEBEN SOLICITAR LA VISA PARA EE.UU.

Un cubano que vive en España, México, Canadá, Chile, Uruguay u otro país puede preguntarse dónde debe solicitar una visa para viajar a Estados Unidos. La respuesta cambió de forma importante en 2026.

El Departamento de Estado actualizó el 15 de julio de 2026 sus instrucciones para las visas de no inmigrante y estableció que, en general, los solicitantes deben programar su entrevista en la embajada o consulado de Estados Unidos correspondiente a su país de nacionalidad o al país donde residen.

Esto significa que un ciudadano cubano que reside legalmente en España, por ejemplo, puede tramitar su visa estadounidense allí siempre que pueda demostrar que realmente reside en ese país. Lo mismo ocurre con cubanos establecidos en México, Canadá u otros lugares donde exista una representación consular estadounidense que procese ese tipo de visa.

LA RESIDENCIA EN OTRO PAÍS SÍ IMPORTA

La nueva guía deja claro que no basta con encontrarse temporalmente en un país para asumir que ese consulado será el lugar adecuado para presentar la solicitud.

Cuando una persona solicita la visa basándose en su residencia, debe poder demostrar que vive en ese país.

Eso puede ser especialmente relevante para cubanos que han emigrado en los últimos años y poseen residencia temporal, permanente, permiso de trabajo u otro estatus legal fuera de Cuba.

La documentación concreta que pueda solicitar cada embajada puede variar, por lo que el Departamento de Estado recomienda revisar las instrucciones específicas de la representación consular donde se hará el trámite.

YA NO CONVIENE ELEGIR UN CONSULADO SOLO PORQUE TIENE CITAS MÁS RÁPIDAS

Durante años, algunos solicitantes intentaron buscar citas en terceros países simplemente porque los tiempos de espera parecían más cortos.

La política actual hace que esa estrategia sea mucho menos conveniente.

El Departamento de Estado advierte que quienes soliciten una visa fuera de su país de nacionalidad, residencia o del puesto consular designado pueden enfrentar mayores dificultades para demostrar que califican. También señala que estas personas deben esperar tiempos de cita significativamente más largos.

Además, las tarifas pagadas para una solicitud de visa no son reembolsables ni transferibles. Por eso, pagar una cita en un consulado que finalmente no resulte apropiado puede significar perder el dinero y tener que comenzar nuevamente en otro lugar.

UN CUBANO EN ESPAÑA PUEDE SOLICITAR ALLÍ

Para un cubano que reside legalmente en España, la lógica general es sencilla: puede presentar la solicitud en la representación estadounidense correspondiente en España y demostrar su residencia allí.

Lo mismo ocurre con un cubano establecido legalmente en México, Canadá u otro país.

La nacionalidad cubana no obliga automáticamente a regresar a Cuba para solicitar una visa de no inmigrante si la persona mantiene residencia válida en otro país. La política del Departamento de Estado contempla expresamente tanto el país de nacionalidad como el país de residencia como lugares apropiados para programar la entrevista.

QUÉ PASA CON LOS CUBANOS QUE TODAVÍA VIVEN EN CUBA

La situación es diferente para quien sigue residiendo en la isla.

La nueva guía indica que los nacionales de países donde Estados Unidos no realiza operaciones rutinarias de visas de no inmigrante deben utilizar el consulado o embajada específicamente designado para procesar esas solicitudes, salvo que residan legalmente en otro país.

Por eso, una persona que vive en Cuba no debería asumir que puede escoger libremente cualquier embajada estadounidense del continente. Antes de pagar o programar una cita debe verificar cuál es el puesto de procesamiento designado para ciudadanos cubanos en su situación.

LA ENTREVISTA CONSULAR SIGUE SIENDO CLAVE

Desde octubre de 2025, la regla general es que los solicitantes de visas de no inmigrante deben comparecer personalmente ante un funcionario consular, incluyendo en muchos casos a menores de 14 años y mayores de 79, aunque siguen existiendo excepciones limitadas para determinadas categorías y renovaciones.

Esto significa que elegir correctamente el país donde se realizará el trámite puede tener consecuencias prácticas importantes, especialmente para cubanos que necesitarían viajar largas distancias únicamente para presentarse a una entrevista.

EL DS-160 CONTINÚA SIENDO EL PUNTO DE PARTIDA

Para solicitar una visa de no inmigrante, el interesado debe completar el formulario DS-160 antes de continuar con los siguientes pasos del proceso, entre ellos el pago correspondiente y la programación de la entrevista.

La información declarada debe ser coherente con la situación real del solicitante, incluyendo dónde vive, su empleo, antecedentes de viaje y propósito de la visita a Estados Unidos.

Para un cubano que reside fuera de la isla, la información sobre su residencia cobra especial importancia porque puede determinar en qué país debe presentar la solicitud.

RESIDIR FUERA DE CUBA NO GARANTIZA QUE APRUEBEN LA VISA

Poder solicitar la visa desde España, México, Canadá u otro país no significa que la aprobación sea automática.

El solicitante sigue teniendo que demostrar que cumple los requisitos específicos de la categoría solicitada. En una visa de visitante, por ejemplo, el funcionario consular evaluará el propósito del viaje y si el solicitante cumple las condiciones de una visa temporal. El Departamento de Estado recuerda que una visa de no inmigrante permite solicitar entrada temporal bajo determinadas condiciones, pero la decisión final sobre la emisión corresponde al proceso consular.

La residencia en un tercer país puede ayudar a explicar dónde vive actualmente la persona, pero no sustituye los demás requisitos migratorios.

LAS REDES SOCIALES TAMBIÉN PUEDEN FORMAR PARTE DEL PROCESO

En marzo de 2026, el Departamento de Estado amplió la revisión de presencia en línea para varias categorías de visas de no inmigrante, sumándolas a otras que ya estaban sujetas a ese tipo de evaluación. Entre ellas aparecen determinadas visas de estudiantes, intercambio, trabajo y otras categorías específicas.

El gobierno estadounidense también indicó que los solicitantes incluidos en esas categorías deben mantener sus perfiles de redes sociales configurados como públicos o abiertos para facilitar la revisión.

Esto no significa que absolutamente todas las visas estén sometidas exactamente al mismo procedimiento de redes sociales, pero confirma que la revisión digital tiene un peso creciente dentro del sistema migratorio estadounidense.

PARA LA DIÁSPORA CUBANA, EL PAÍS DONDE VIVES AHORA IMPORTA MÁS

La actualización de julio de 2026 tiene especial relevancia para una comunidad cubana dispersa por numerosos países.

Un cubano que lleva años viviendo en Madrid, Ciudad de México, Toronto o Santiago no necesariamente tiene que organizar todo el proceso pensando en Cuba. Si puede demostrar residencia en el país donde vive, la regla general permite solicitar allí una visa estadounidense de no inmigrante.

La clave está en no improvisar. Antes de completar pagos o reservar viajes, conviene comprobar qué consulado corresponde, qué servicios está ofreciendo y qué documentación exige para demostrar la residencia.

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