ADUANA DE CUBA LEGALIZA EL PAPEL DE LAS «MULAS» Y PERMITE IMPORTACIONES CON CARÁCTER COMERCIALES PAGANDO EN USD
El régimen cubano formalizó este lunes una nueva vía para que personas naturales puedan regularizar importaciones con carácter comercial, siempre que paguen los aranceles e impuestos correspondientes en dólares estadounidenses. La medida aparece en la Gaceta Oficial No. 83 Ordinaria de 2026 y comenzará a aplicarse a partir del 12 de octubre de 2026, siete días después de su publicación.
Las normas publicadas son el Decreto-Ley 132/2026 del Consejo de Estado, la Resolución 197/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios y la Resolución 340/2026 de la Aduana General de la República. Aunque la novedad ha sido presentada como una apertura, el nuevo mecanismo no crea un sistema pleno de comercio exterior para ciudadanos particulares, sino una fórmula para que determinadas importaciones que la Aduana considere comerciales puedan ser admitidas mediante el pago de aranceles en divisas, en vez de terminar decomisadas.
QUÉ CAMBIA CON LA NUEVA MEDIDA
Hasta ahora, una parte importante de los viajeros que traían mercancías a Cuba para revenderlas en el mercado informal se movía en un espacio de tolerancia inestable y de alto riesgo. Cuando la Aduana entendía que una importación excedía el carácter no comercial, el resultado podía ser el decomiso.
Con la nueva regulación, ese escenario cambia parcialmente. Si la Aduana detecta que una importación sobrepasa los límites no comerciales o tiene naturaleza comercial, el viajero podrá optar por formalizarla, pagar el arancel correspondiente y recuperar o introducir legalmente esa mercancía. El propio Decreto-Ley 132 deja claro, sin embargo, que esta vía “no constituye una actividad de comercio exterior”, lo que significa que el Estado no está reconociendo un derecho amplio de importación comercial privada, sino simplemente habilitando una regularización condicionada.
CÓMO SERÁN LOS ARANCELES
La normativa establece un esquema progresivo para las importaciones comerciales realizadas por viajeros. Se aplicará un 15% sobre los primeros 2,000 dólares, un 20% sobre el tramo entre 2,000 y 4,000 dólares, un 25% entre 4,000 y 6,000 dólares y un 30% sobre cualquier monto que supere los 6,000 dólares.
En el caso de las mercancías que lleguen mediante envíos, la tarifa será fija: 30%. Esto implica que el costo de regularizar una carga comercial será alto, especialmente para quienes operan con márgenes reducidos o dependen de pequeñas escalas de reventa para sostenerse económicamente.
EL PAGO SERÁ EN DÓLARES
Uno de los puntos más sensibles de la medida es la moneda en que deberá hacerse el pago. Los aranceles e impuestos se abonarán en dólares estadounidenses, utilizando tarjetas internacionales o tarjetas nacionales en dólares.
El efectivo solo será aceptado en entidades habilitadas para ello dentro de los aeropuertos. Ese requisito vuelve a poner sobre la mesa una realidad conocida en Cuba: el Estado sigue empujando una creciente dolarización de actividades económicas clave, incluso en sectores donde gran parte de la población no tiene acceso estable a divisas.
QUÉ CONSIDERARÁ LA ADUANA COMO IMPORTACIÓN COMERCIAL
La Resolución 340/2026, firmada por el jefe de la Aduana General, Nelson Enrique Cordovés Reyes, detalla cómo se determinará cuándo una importación tiene carácter comercial. La norma incluye valores de referencia por categorías como electrodomésticos, informática, materiales de construcción, herramientas y otros productos.
También fija límites concretos. Por ejemplo, en el caso de los teléfonos celulares, se admitirán hasta cinco unidades como importación no comercial. Para electrodomésticos del mismo tipo, el límite será de dos unidades. Todo lo que exceda esos topes podrá ser evaluado por la Aduana como mercancía de carácter comercial y, por tanto, sujeto al nuevo régimen de regularización mediante pago.
EL CONTEXTO POLÍTICO Y ECONÓMICO DE LA DECISIÓN
Esta normativa aterriza una medida que el primer ministro Manuel Marrero Cruz había anunciado en junio ante la Asamblea Nacional, dentro del paquete de 176 transformaciones económicas y sociales promovidas por el Gobierno. Según el Ejecutivo, esas transformaciones se insertan en el llamado Eje 15, dedicado al comercio exterior.
A finales de septiembre, el propio Gobierno aseguró haber implementado 158 de las 176 medidas, lo que representa el 89% del paquete, apoyado además por 197 normas jurídicas. La Gaceta publicada este lunes completa precisamente una de las piezas más esperadas por miles de cubanos que viven, directa o indirectamente, del abastecimiento del mercado informal.
QUÉ SIGNIFICA ESTO PARA LAS “MULAS”
En la práctica, la medida afecta directamente a las llamadas “mulas”, nombre con el que se conoce en Cuba a los viajeros que traen mercancías del exterior para venderlas dentro de la isla. Durante años, esa actividad funcionó como una válvula económica para suplir la escasez interna y responder a una demanda que ni las tiendas estatales ni buena parte del sector formal han podido cubrir.
La nueva normativa ofrece a esos actores una vía de regularización, pero también les impone un costo que puede resultar prohibitivo. Aunque deja de ser un terreno de decomiso automático en ciertos casos, pasa a convertirse en un modelo de legalización parcial pagado en divisas, algo que no todos podrán asumir.
ADVERTENCIAS SOBRE EL VERDADERO OBJETIVO
El economista Elías Amor advirtió en septiembre que este tipo de medidas, unidas al Decreto 160/2026, que prohíbe el comercio mayorista a los cuentapropistas individuales, podrían tener un objetivo más profundo: desplazar gradualmente a las “mulas” del negocio de importación y concentrar ese espacio en mipymes y cooperativas sometidas a un marco de control más estructurado por el Estado.
Esa interpretación sugiere que, más que una liberalización auténtica, el Gobierno estaría reorganizando quién puede importar, en qué condiciones y bajo qué supervisión. En ese escenario, los particulares seguirían teniendo una ventana, pero mucho más costosa, limitada y subordinada a las reglas estatales.
UNA APERTURA LIMITADA Y CON MUCHAS CONDICIONES
La medida puede ser leída como una corrección pragmática de una realidad que ya existía. Miles de viajeros introducían mercancías para el mercado informal y el Estado, en vez de seguir persiguiendo ese fenómeno únicamente mediante decomisos, ha decidido crear una vía de regularización.
Sin embargo, esa aparente flexibilidad llega acompañada de restricciones fuertes. No se reconoce un régimen libre de importación comercial para ciudadanos, se exige pago en dólares, se imponen escalas arancelarias elevadas y se preserva el poder discrecional de la Aduana para determinar cuándo una carga tiene carácter comercial. Por eso, más que una apertura total, lo que ha aprobado el Gobierno cubano es una legalización parcial, controlada y costosa.
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