SUPREMO DE ESPAÑA SUSPENDE EL EFECTO ELECTORAL DE LA “LEY DE NIETOS” Y AFECTA A MILES DE CUBANOS
El Tribunal Supremo de España acordó este martes suspender cautelarmente los efectos electorales de determinadas inscripciones vinculadas a la llamada ley de nietos, una decisión que afecta a personas que obtuvieron la nacionalidad española mediante la Ley de Memoria Democrática y que todavía no habían quedado plenamente incorporadas al Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).
La medida tiene especial relevancia para Cuba, uno de los países donde la ley de nietos generó una mayor avalancha de solicitudes de nacionalidad española. La suspensión no anula las nacionalidades concedidas, pero sí puede impedir temporalmente que determinados beneficiarios ejerzan el voto mientras el Tribunal Supremo resuelve el fondo del litigio.
QUÉ DECIDIÓ EL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE LA LEY DE NIETOS
La Sala de lo Contencioso-Administrativo estimó parcialmente las medidas cautelares solicitadas por Vox e Iustitia Europa contra el acuerdo adoptado por la Junta Electoral Central el pasado 16 de julio.
En el caso de quienes ya terminaron su expediente administrativo pero todavía no habían sido inscritos en el CERA, la inscripción quedará suspendida hasta que exista sentencia. Para determinadas personas que ya figuraban en el censo, el Supremo también acordó suspender provisionalmente sus efectos electorales en futuros procesos que puedan convocarse.
Existe, sin embargo, una excepción importante. La suspensión no se aplicaría en los mismos términos cuando los registros consulares acrediten que el beneficiario es descendiente de españoles que sufrieron exilio y perdieron o renunciaron a la nacionalidad por las circunstancias contempladas en la norma.
La decisión es cautelar. Eso significa que el Supremo todavía no ha resuelto si la interpretación administrativa que permitió esas nacionalizaciones e inscripciones electorales fue o no conforme a derecho.
VOX E IUSTITIA EUROPA CUESTIONARON EL AUMENTO DEL CERA
La controversia llegó al Supremo después de que Vox e Iustitia Europa cuestionaran el impacto de la Ley de Memoria Democrática sobre el CERA y recurrieran una decisión de la Junta Electoral Central.
Durante la vista celebrada el lunes, los recurrentes defendieron que permitir nuevas altas antes de que se resolviera el litigio podía generar efectos electorales difíciles de revertir. Jorge Buxadé sostuvo que el incremento de electores en el extranjero estaba siendo mucho mayor de lo previsto y habló de unas 29.000 nuevas inscripciones en aproximadamente dos meses.
La Abogacía del Estado y la Fiscalía se opusieron a la suspensión. Argumentaron que la inscripción electoral deriva de la adquisición de la nacionalidad y advirtieron de que restringir el voto a personas ya reconocidas como españolas podía afectar un derecho fundamental.
POR QUÉ LA DECISIÓN IMPORTA PARA LOS CUBANOS
El impacto potencial en Cuba es considerable. Datos difundidos en 2025 señalaban que el Consulado General de España en La Habana había recibido más de 107.000 solicitudes bajo la Ley de Memoria Democrática, mientras distintas estimaciones situaban alrededor de 300.000 los cubanos que habían iniciado trámites vinculados a esta vía de nacionalidad.
A escala global, cerca de 2,4 millones de personas habían iniciado solicitudes o trámites relacionados con la norma. Hasta finales de marzo de 2026, alrededor de 545.000 expedientes habían sido aprobados, según datos difundidos por el Gobierno español.
Por eso, la resolución del Supremo no es una cuestión exclusivamente política dentro de España. Puede tener consecuencias prácticas para miles de ciudadanos españoles residentes en Cuba y otros países de América Latina que esperaban quedar incorporados al CERA y participar en futuras elecciones.
LA NACIONALIDAD NO QUEDA ANULADA
Este punto es fundamental: la resolución no revoca la nacionalidad española obtenida por los beneficiarios. Lo que se congela cautelarmente son determinados efectos electorales mientras el Tribunal Supremo analiza si la normativa y las instrucciones utilizadas para incorporar a esas personas al censo fueron correctamente aplicadas.
Por tanto, no sería correcto afirmar que el Supremo “eliminó la ley de nietos” o que los cubanos perderán automáticamente la ciudadanía española. El conflicto actual se centra en el derecho de inscripción y participación electoral derivado de esos procesos de nacionalización.
El siguiente paso será conocer los autos completos del Tribunal Supremo y, posteriormente, la sentencia sobre el fondo del recurso, que determinará si la suspensión se mantiene, se modifica o queda sin efecto.
SIGUENOS EN NUESTRAS REDES SOCIALES






