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Cuba Bajo Lupa

RÉGIMEN APRUEBA LEY QUE PERMITE A LOS JEFES DE EMPRESAS COBRAR HASTA 6 VECES EL SALARIO DEL TRABAJADOR QUE MENOS GANA BAJO SU MANDO

Una nueva regulación salarial en Cuba amplía el margen para remunerar a determinados directivos del sistema empresarial estatal, cuyos salarios por complejidad podrán alcanzar hasta seis veces el nivel más bajo de la escala interna diseñada por cada entidad.

La disposición aparece en el Decreto 164 de 2026, incluido —según el texto analizado— en la Gaceta Oficial ordinaria número 63. Su aplicación abarca empresas estatales, grupos empresariales y varias instituciones del sistema bancario nacional.

La medida forma parte de una reforma más amplia que concede a las empresas estatales mayor autonomía para organizar sus escalas salariales. El Gobierno ya había anunciado que estos niveles serían negociados con los trabajadores y los sindicatos, pero quedarían condicionados por la capacidad económica y financiera de cada entidad.

CÓMO SE CALCULARÁ EL SALARIO DE LOS DIRECTIVOS

Para los jefes de empresas estatales no integradas en grupos empresariales, el punto de partida será el salario correspondiente al cargo de menor complejidad dentro de la escala aprobada por la propia entidad.

Desde esa base, el salario por complejidad del directivo podrá establecerse con una diferencia máxima de seis veces.

Por ejemplo, si el nivel inferior de la escala fuera de 6.000 CUP, el salario de referencia del jefe podría alcanzar los 36.000 CUP. Esta cifra es únicamente ilustrativa: la norma no fija ese monto concreto ni establece que todos los directivos deban recibir automáticamente el máximo permitido.

La remuneración final dependerá del diseño salarial, los resultados financieros y la aprobación de la autoridad correspondiente.

También conviene diferenciar el salario por complejidad de los ingresos totales. A esa remuneración fija podrían añadirse otros pagos autorizados, siempre que la empresa cumpla las condiciones económicas y laborales aplicables.

EMPRESAS INTEGRADAS Y SISTEMA BANCARIO

En las empresas integradas dentro de un grupo empresarial, la remuneración de sus jefes será aprobada por la máxima autoridad del grupo.

En el sistema bancario, esa facultad corresponderá al presidente del Banco Central de Cuba respecto a los responsables de las instituciones financieras comprendidas en la regulación.

En ambos casos se utilizará una fórmula similar: tomar el salario del cargo de menor complejidad y permitir una diferencia de hasta seis veces.

El diseño encaja dentro de la política oficial de descentralizar las decisiones salariales y entregar más atribuciones a las direcciones empresariales. Esa reorganización comenzó a extenderse desde 2021 y fue ampliada por nuevas normas aprobadas en 2025, que permitieron a las entidades diseñar escalas internas, evaluar cargos y establecer pagos adicionales.

OTRA FÓRMULA PARA LOS JEFES DE GRUPOS EMPRESARIALES

Los responsables de grupos empresariales completos tendrán un mecanismo diferente.

Su salario se calculará a partir del promedio de los salarios escala correspondientes a los directores de las empresas que integran el grupo. Sobre ese promedio podrá autorizarse una diferencia de hasta un 50 % adicional.

La cuantía será aprobada por el Instituto Nacional de Activos Empresariales Estatales, luego de una evaluación con la organización sindical del nivel correspondiente.

El mismo organismo aprobará los salarios de los jefes de empresas estatales no integradas, mientras que las empresas incorporadas a un grupo dependerán de la decisión de su dirección superior.

LOS TRABAJADORES DEPENDERÁN DE LOS RESULTADOS DE CADA EMPRESA

La reforma no establece una escala uniforme para todo el sistema empresarial estatal.

Cada entidad podrá organizar sus niveles salariales de manera descentralizada, pero el margen real dependerá de sus ingresos, productividad, gastos y capacidad para sostener el fondo anual de salarios.

Esta fórmula podría profundizar las diferencias entre trabajadores estatales. Una empresa rentable tendrá más posibilidades de incrementar remuneraciones, mientras otra con pérdidas deberá mantener los salarios básicos sin aprobar aumentos generales.

Las entidades deficitarias solo podrán ajustar los cargos que permanezcan por debajo del salario mínimo nacional. Cuba elevó en julio de 2026 ese mínimo de 2.100 a 3.210 CUP, obligando a las empresas a corregir cualquier remuneración inferior.

La participación sindical y el análisis con los trabajadores aparecen como requisitos formales, y la organización salarial deberá incorporarse al Convenio Colectivo de Trabajo. Sin embargo, la regulación concede amplias facultades a directivos y organismos superiores para definir las diferencias internas.

La reforma busca vincular los salarios con los resultados empresariales, pero deja una contradicción difícil de ignorar: mientras muchos trabajadores dependerán de que su empresa tenga dinero suficiente para mejorarles el sueldo, las estructuras directivas reciben márgenes legales mucho más amplios para fijar sus propias remuneraciones.

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