Ir al contenido principal

Cuba Bajo Lupa

REFUGIO EN BRASIL: ADVIERTEN A CUBANOS SOBRE UN ERROR QUE PUEDE PONER EN RIESGO SU SOLICITUD

Un error al explicar los motivos para solicitar refugio en Brasil puede complicar el futuro migratorio de un cubano que busca protección internacional. El creador de contenido Erick Ugás, residente en São Paulo, lanzó una advertencia a sus compatriotas después de conocer el caso de un seguidor que, según relató, recibió una respuesta negativa a su solicitud.

La advertencia adquiere especial relevancia en un momento en que miles de cubanos recurren al sistema brasileño de refugio. Sin embargo, existe una diferencia fundamental entre abandonar Cuba por dificultades económicas y cumplir los requisitos legales para ser reconocido como refugiado, una distinción que muchos solicitantes necesitan comprender antes de iniciar el procedimiento.

EL ERROR AL SOLICITAR REFUGIO EN BRASIL QUE SEÑALA ERICK UGÁS

En una publicación de Facebook recogida por CiberCuba, Ugás explicó que un cubano le había escrito después de recibir una denegación. Tras conocer su historia, consideró que el problema podía estar relacionado con los argumentos utilizados durante la solicitud.

Según el creador de contenido, algunos cubanos fundamentan su petición exclusivamente en los salarios insuficientes, la escasez de alimentos, los apagones y otras dificultades materiales que afectan la vida cotidiana en la isla.

Ugás advirtió que esos problemas, por sí solos, no garantizan el reconocimiento como refugiado. Por ello, recomendó prestar especial atención a las explicaciones ofrecidas en los formularios y durante las entrevistas migratorias.

Su mensaje tiene una base jurídica importante, aunque requiere una aclaración: mencionar dificultades económicas no constituye automáticamente un motivo para rechazar una solicitud. Lo determinante es si las circunstancias reales del interesado cumplen los requisitos establecidos por la legislación brasileña.

QUÉ DICE LA LEY BRASILEÑA SOBRE LA PROTECCIÓN INTERNACIONAL

La Ley n.º 9.474, aprobada en 1997, establece las condiciones para reconocer a una persona como refugiada en Brasil. Su artículo primero contempla situaciones de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas.

La legislación también incluye a las personas obligadas a abandonar su país debido a violaciones graves y generalizadas de los derechos humanos. Este supuesto resulta especialmente importante porque amplía la protección más allá de los casos de persecución individual.

No obstante, padecer pobreza, bajos salarios o dificultades para adquirir productos esenciales no basta necesariamente para recibir protección internacional.

Eso tampoco significa que un cubano deba ocultar las condiciones económicas que enfrenta. Una persona puede sufrir privaciones materiales y, simultáneamente, tener razones fundadas para solicitar refugio por persecución u otras circunstancias protegidas por la ley.

La recomendación jurídicamente adecuada consiste en presentar los hechos de manera completa, coherente y veraz. Inventar persecuciones, exagerar acontecimientos u omitir deliberadamente información relevante puede perjudicar la credibilidad del expediente.

TENER UN DOCUMENTO MIGRATORIO NO SIGNIFICA QUE EL REFUGIO FUE APROBADO

Ugás también abordó una segunda confusión que puede generar falsas expectativas entre los cubanos residentes en Brasil: considerar que la obtención de una identificación migratoria equivale a una decisión favorable.

El Documento Provisório de Registro Nacional Migratório (DPRNM) permite identificar a quienes mantienen una solicitud de refugio en trámite. Sin embargo, su expedición no significa que el Comité Nacional para los Refugiados (CONARE) haya reconocido definitivamente esa condición.

El solicitante también recibe un Protocolo de Refúgio, vinculado a su procedimiento y a la acreditación de su situación migratoria regular mientras se estudia el caso. El Ministerio de Justicia brasileño precisa que el protocolo debe renovarse anualmente mientras el expediente permanezca pendiente.

Una vez reconocido el refugio, corresponde realizar los trámites para obtener la Carteira de Registro Nacional Migratório (CRNM), documento distinto de la identificación provisional.

Por tanto, tener un número de Registro Nacional Migratório (RNM), un protocolo o una identificación provisional no debe interpretarse como una resolución definitiva.

MÁS DE 13.000 CUBANOS SOLICITARON REFUGIO EN CUATRO MESES

La magnitud de la migración cubana hacia Brasil ayuda a comprender la importancia de estas advertencias. De acuerdo con cifras del Observatorio de las Migraciones Internacionales (OBMigra), recogidas por medios independientes, entre enero y abril de 2026 se registraron 13.414 solicitudes de refugio de ciudadanos cubanos.

Esa cantidad representó aproximadamente el 58 % de las 22.938 solicitudes presentadas durante el período. Las cifras situaron a Cuba como el principal país de origen de quienes buscaban protección internacional en territorio brasileño.

La tendencia ya era evidente durante 2025, cuando los cubanos presentaron 41.919 solicitudes, equivalentes al 55,4 % del total nacional, según datos divulgados por la agencia pública Agência Brasil.

El elevado número de solicitudes, sin embargo, no equivale a una cantidad similar de reconocimientos. Cada expediente debe ser evaluado conforme a los criterios legales y a los procedimientos aplicables.

QUÉ DEBEN TENER PRESENTE LOS CUBANOS ANTES DE PRESENTAR SU SOLICITUD

El procedimiento brasileño comienza mediante el sistema Sisconare y requiere completar los pasos correspondientes ante la Policía Federal. La solicitud es gratuita y no existe un plazo único de resolución para todos los expedientes.

La documentación provisional permite mantener una situación migratoria regular durante la tramitación, siempre que se cumplan las condiciones exigidas. No garantiza, por sí misma, una futura aprobación.

El mensaje central es que solicitar refugio no es lo mismo que obtener residencia por razones económicas. Son situaciones jurídicas distintas, con requisitos y consecuencias diferentes.

Para los cubanos que buscan establecerse en Brasil, conocer esa diferencia puede evitar errores, expectativas equivocadas y decisiones migratorias basadas en información incompleta. La recomendación esencial es documentar las circunstancias personales reales y acudir a fuentes oficiales o asesoramiento jurídico especializado cuando existan dudas.

SIGUENOS EN NUESTRAS REDES SOCIALES

Cuba Bajo Lupa
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.