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Cuba Bajo Lupa

CUATRO CUBANOS CONDENADOS POR SABOTAJE POR ROBAR ACEITE DIELÉCTRICO EN EL COMPLEJO LÁCTEO DE LA HABANA

Cuatro hombres fueron condenados en La Habana a penas de entre 15 y 20 años de prisión después de sustraer 140 litros de aceite dieléctrico de un transformador que abastecía eléctricamente al Complejo Lácteo de La Habana, un hecho que los tribunales cubanos calificaron como delito de sabotaje.

La severidad de las sanciones convierte el caso en algo más que un expediente por sustracción de bienes. Según la información divulgada por el sistema judicial cubano, la extracción del aceite dejó fuera de servicio la instalación eléctrica y provocó la paralización total del proceso productivo de la fábrica, con pérdidas millonarias.

QUÉ OCURRIÓ EN EL COMPLEJO LÁCTEO DE LA HABANA

De acuerdo con la versión difundida por el Tribunal Supremo Popular, los implicados extrajeron 140 litros de aceite dieléctrico del transformador de una subestación eléctrica con la intención de venderlo y obtener ganancias.

El líquido había sido distribuido en siete recipientes de 20 litros. Uno de los involucrados trabajaba como agente de seguridad en el propio complejo y, según las autoridades, el grupo aprovechó el horario nocturno para ejecutar la sustracción.

Otros integrantes del equipo de protección de la instalación los sorprendieron cuando intentaban abandonar el lugar con el aceite.

El aceite dieléctrico cumple una función esencial en determinados transformadores eléctricos, tanto como aislante como para la disipación de calor. Su extracción puede impedir el funcionamiento seguro del equipo, lo que explica por qué el episodio tuvo consecuencias que fueron más allá del valor material del producto sustraído.

MÁS DE 10 MILLONES DE PESOS EN AFECTACIONES, SEGÚN EL TRIBUNAL

La versión judicial sostiene que la pérdida del aceite provocó la interrupción del suministro eléctrico al Complejo Lácteo y el paro total de la producción.

Las autoridades calcularon en 10.272.712,80 pesos el valor de las afectaciones asociadas a productos que dejaron de producirse y que estaban destinados, entre otros objetivos, a la canasta familiar normada y la merienda escolar.

Además, la adquisición del aceite necesario para recuperar el transformador y otras operaciones realizadas sobre el equipo habrían supuesto un gasto adicional de 81.591,24 pesos.

Estas cifras corresponden a la valoración presentada por las autoridades judiciales cubanas. La información pública consultada no ofrece una auditoría independiente que permita verificar por separado el cálculo de las pérdidas.

CONDENAS DE ENTRE 15 Y 20 AÑOS

Los condenados fueron identificados como Noerlis Agüero Aguirre, Yoel Noel Ortiz Fontes, Andy Travieso Salazar y Ramón David Cruz Grajales.

El Tribunal Provincial Popular de La Habana los declaró responsables de sabotaje y estableció sanciones de 15, 16, 18 y 20 años de privación de libertad, tomando en consideración, según la versión oficial, la participación de cada uno, las circunstancias de los hechos y sus consecuencias.

Además de las penas de prisión, se dispuso el pago de la afectación económica y otras sanciones accesorias, entre ellas la privación de determinados derechos públicos, la prohibición de salida del territorio nacional y el decomiso. Al condenado que trabajaba como agente de seguridad también se le prohibió ejercer nuevamente esa función.

La información difundida sobre el proceso sitúa la acusación de sabotaje en los artículos 125 y 126 del Código Penal cubano y señala como circunstancias agravantes la actuación de más de tres personas, la nocturnidad y el beneficio económico.

EL TRIBUNAL SUPREMO RATIFICÓ LA SENTENCIA

De los cuatro condenados, solo Noerlis Agüero Aguirre recurrió la decisión, de acuerdo con la información oficial disponible.

La Sala de los Delitos contra la Seguridad del Estado del Tribunal Supremo Popular confirmó la sentencia dictada por el tribunal provincial y devolvió posteriormente las actuaciones para la ejecución del fallo. Otros medios cubanos e independientes han reproducido los elementos centrales del caso y las penas impuestas.

El caso vuelve a colocar en primer plano la diferencia entre el valor material de lo sustraído y las consecuencias que el sistema judicial atribuyó a la acción. Para los tribunales cubanos, el elemento determinante no fue únicamente la extracción del aceite, sino la paralización de una infraestructura productiva y el perjuicio económico generado.

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