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Cuba Bajo Lupa

TRABAJADOR CUENTAPROPISTA CUBANO DENUNCIA MULTAS POR 48,000 PESOS: «AQUÍ SE CREAN LEYES TODOS LOS DÍAS PARA JODER»

Alejandro Escalona Vega, propietario de un pequeño negocio de venta de alimentos identificado como Alejo, denunció que tres inspectoras le impusieron sanciones que suman 48,000 pesos cubanos: 32,000 CUP como titular de la actividad y otros 16,000 CUP a un trabajador por no tener formalizado el contrato laboral.

El episodio, grabado por el propio emprendedor y difundido en Facebook, vuelve a colocar bajo escrutinio el sistema de multas a cuentapropistas en Cuba, en momentos en que las estadísticas oficiales muestran cientos de miles de sanciones y una recaudación de miles de millones de pesos por ese concepto. Una publicación que reproduce el video identifica a Escalona y recoge los mismos montos denunciados por el propietario.

EMPRENDEDOR CUESTIONA MULTA DE 32,000 PESOS

Durante el intercambio grabado, una de las inspectoras explica que la sanción estaba vinculada a la situación contractual del trabajador.

“El compañero por no tener el contrato de trabajo se notifica y al titular por emplear a una persona ilegal también se notifica”, se escucha en el material compartido por Escalona.

El emprendedor respondió que anteriormente no le habían indicado que debía modificar la documentación y cuestionó lo que considera cambios constantes en las exigencias para los trabajadores por cuenta propia.

La existencia de contratos laborales formalizados no es, sin embargo, una exigencia inventada durante esa inspección. El Decreto-Ley 91/2024 incluye entre las contravenciones relacionadas con las formas de gestión no estatal la falta de formalización de contratos laborales y contempla un sistema de sanciones para trabajadores por cuenta propia, mipymes y cooperativas.

Lo que CubaBajoLupa no ha podido verificar independientemente es si las inspectoras calcularon correctamente los 32,000 y 16,000 pesos aplicados en este caso concreto, ni si existían circunstancias administrativas adicionales que expliquen esos importes.

UNA MULTA EQUIVALENTE A MÁS DE 15 SALARIOS MÍNIMOS

La dimensión de la sanción resulta especialmente significativa cuando se compara con los ingresos establecidos oficialmente en Cuba.

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social mantiene como referencia un salario mínimo de 2,100 CUP mensuales. Esto significa que los 32,000 pesos atribuidos al titular del negocio equivalen a más de 15 salarios mínimos mensuales, mientras que los 48,000 CUP del conjunto de las dos sanciones superan 22 veces esa referencia.

Escalona también cuestionó las dificultades para acceder al efectivo después de depositar dinero en el sistema bancario, asegurando que los negocios reciben exigencias financieras que luego chocan con las limitaciones existentes para retirar efectivo.

MÁS DE 661,000 MULTAS Y 2,177 MILLONES DE PESOS

El caso se produce dentro de una política de fiscalización cuyos números oficiales son particularmente elevados.

Al cierre del primer trimestre de 2025 se habían impuesto 425,012 multas, que aportaron más de 1,000 millones de pesos al presupuesto estatal, según cifras oficiales citadas por elTOQUE.

Para julio de ese año, el propio Gobierno informó ante la Asamblea Nacional que se habían aplicado 661,653 multas, por un importe superior a 2,177 millones de pesos, además de 53,788 ventas forzosas, 8,430 cierres de establecimientos y 2,432 decomisos.

La discusión sobre los incentivos del sistema aumentó después de que el primer ministro Manuel Marrero anunciara en diciembre de 2024 la aplicación, desde enero de 2025, de un esquema de pago por resultados para inspectores y personal de las oficinas de cobro de multas.

Ese mecanismo no demuestra por sí solo que una multa particular sea arbitraria, pero alimenta las dudas sobre los incentivos creados dentro de un sistema encargado simultáneamente de fiscalizar y sancionar.

En abril de 2026, otra denuncia difundida en redes aseguró que inspectoras habrían reconocido a un cuentapropista que debían llegar con “resultados” pese a no detectar inicialmente infracciones en el establecimiento. Esa versión fue divulgada por CiberCuba a partir del testimonio del afectado y no constituye una conclusión administrativa o judicial independiente.

LAS REGULACIONES CAMBIAN, PERO LA PRESIÓN CONTINÚA

La política de precios también ha sufrido modificaciones importantes. En julio de 2024, el Gobierno estableció precios máximos para productos básicos como pollo, aceite, leche en polvo, pastas y salchichas.

En junio de 2026, la Resolución 150/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios eliminó esos precios minoristas máximos para varios alimentos importados, aunque mantuvo la exención del impuesto aduanero sobre determinados productos.

El caso de Escalona, por tanto, no demuestra por sí solo que exista una política dirigida a imponer multas injustificadas. Sí expone el impacto que pueden alcanzar las sanciones administrativas sobre negocios pequeños en una economía donde una sola multa puede representar muchos meses de salario.

Según el material difundido, el emprendedor quedó inconforme y manifestó pocas expectativas de que una reclamación cambie el resultado.

Su caso plantea ahora dos cuestiones distintas: si existía efectivamente una irregularidad contractual y, aun existiendo, si la cuantía y el procedimiento aplicados fueron los legalmente correspondientes.

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