CUBA ENDURECE EL CONTROL SOBRE LOS RECIÉN GRADUADOS DE SALUD: PODRÁ INHABILITAR A QUIENES NO CUMPLAN EL SERVICIO SOCIAL
El Ministerio de Salud Pública de Cuba estableció un procedimiento más detallado para iniciar la inhabilitación profesional de recién graduados del sector sanitario que no se incorporen al servicio social o lo abandonen sin una causa considerada justificada. Según la información suministrada, la medida aparece en la Resolución 115/2026, firmada por el ministro José Ángel Portal Miranda el 15 de septiembre y con entrada en vigor prevista para el 25 de septiembre.
El cambio introduce un mecanismo administrativo que puede terminar impidiendo legalmente el ejercicio de la profesión. De acuerdo con el texto proporcionado, la autoridad entrega al graduado el documento que indica dónde debe incorporarse y dispone de hasta 30 días para presentarse. Si no lo hace, la entidad empleadora debe informarlo y los directores provinciales pueden solicitar al ministro la inhabilitación.
EL PROCEDIMIENTO PUEDE CONTINUAR AUNQUE EL GRADUADO NO SEA LOCALIZADO
Uno de los elementos más significativos del nuevo reglamento es que la ausencia del graduado no paraliza automáticamente el expediente. La norma, según el material facilitado, exige dejar constancia de las gestiones realizadas para localizarlo y notificarlo.
También contempla el supuesto de que la persona se niegue a recibir el documento de asignación. En ese caso, el procedimiento puede continuar cuando exista constancia de que conocía su obligación y participó en los procesos relacionados con la asignación del servicio social.
La decisión final corresponde al ministro de Salud Pública, quien tendría un plazo máximo de 30 días hábiles y contaría con el asesoramiento de una comisión nacional. La regulación también contempla un recurso de alzada dentro de los diez días hábiles siguientes y, una vez agotada esa vía, la posibilidad de acudir a los tribunales. El texto proporcionado señala que esto modifica el esquema de 2014, que no permitía recurso administrativo contra la medida.
LA HABILITACIÓN PASA A SER CLAVE PARA PODER EJERCER
La regulación no se limita al servicio social. Según la información recibida, establece siete requisitos para conservar o acreditar la habilitación profesional, entre ellos disponer del título correspondiente, estar inscrito en el Registro de Profesionales, cumplir los ejercicios establecidos por el MINSAP, demostrar las competencias necesarias para el puesto y no estar sujeto a una inhabilitación vigente.
El reglamento también incorpora elementos de conducta y ética profesional dentro de esas competencias. El material suministrado menciona expresamente el cumplimiento del Código Cubano de Ética Médica y determinados valores sociales, morales y humanos, y señala que evaluaciones deficientes reiteradas o comportamientos contrarios a esas competencias pueden convertirse en causales de inhabilitación.
LA MEDIDA LLEGA EN MEDIO DE UNA FUERTE CAÍDA DEL PERSONAL SANITARIO
La nueva regulación aparece en un contexto marcado por una reducción importante del número de profesionales de la salud. El texto proporcionado cita el Anuario Estadístico de Salud de 2024 y señala que Cuba pasó de 106.131 médicos en 2021 a 75.364 en 2024, una disminución aproximada del 29%. En el caso de los estomatólogos, la cifra habría bajado de 20.903 a 12.431 durante el mismo período.
Ese contexto coloca el debate más allá del cumplimiento formal del servicio social. La cuestión central es si reforzar los mecanismos de inhabilitación contribuirá a sostener la plantilla sanitaria o si la presión administrativa tendrá un impacto limitado mientras persistan los factores que llevan a profesionales a abandonar puestos, sectores o incluso el país.
El material de base plantea precisamente esa contradicción: mientras se endurecen las consecuencias para quienes incumplen el servicio social, el sistema sanitario enfrenta una pérdida significativa de personal durante los últimos años.
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